viernes , 26 abril 2024

TC declara inconstitucional artículo Ley Electoral que penalizaba con hasta 10 años de prisión por difamación

Santo Domingo, RD.

El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el artículo 284 de la ley 15-19 de Régimen Electoral sobre la base de que dicha disposición legal al imponer penas privativas de libertad por compartir propaganda que afecta a un candidato, desnaturaliza el ejercicio al libre acceso a la información, y limita irrazonable y desproporcionadamente la libertad de expresión y difusión del pensamiento.

La acción para que se declare inconstitucional este artículo fue interpuesta por la Fundación Prensa y Derecho, representada por el abogado Namphi Rodríguez el 19 de marzo de este año.

Según este artículo 284 en su numeral 18 las personas que compartan a través de medios de comunicación impresos, electrónicos y digitales campañas falsas o denigrantes con piezas propagandísticas o contenido difamantes o injuriosos contra el honor y la intimidad de candidatos serán castigados con penas de 3 a 10 años.

Rodríguez habría calificado la Ley como “draconiana que viola la Constitución, además de  que desconoce la Convención Americana de Derechos Humanos y afecta el debate democrático de las ideas y la libertad de expresión”

“Estamos pues ante un tipo penal indeterminado que deviene en inconstitucional por violar los principios de legalidad, proporcionalidad, razonabilidad y la seguridad jurídica”, expresó.

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