viernes , 4 octubre 2024

Hacienda emite resolución que dispone cómo deben operar las bancas de lotería

El Ministerio de Hacienda dio a conocer la entrada en vigencia de la resolución 006-2019, que establece las políticas y los requisitos que deben seguir los interesados en solicitar la concesión de permisos para operar bancas de lotería en el país.

La medida fue emitida luego de que la Ley 61-18, que aprueba el Presupuesto General del Estado para el año 2019, dispusiera en su Artículo 21 el levantamiento de la prohibición de la instalación de nuevas bancas de lotería  prevista por la Ley 139-11, del 22 de junio de 2011.

La resolución establece que las bancas de lotería deberán operar a un  mínimo de 200 metros lineales de distancia de escuelas públicas, colegios privados, estancias infantiles, Centros de Atención Integral para la Discapacidad (CAID), hospitales, iglesias debidamente incorporadas y sedes principales de los tres poderes del Estado.

Conforme a la resolución 006-2019, la solicitud de concesión deberá ser gestionada de forma presencial a través de la Dirección de Casinos y Juegos de Azar, o en línea, vía el portal web del Ministerio de Hacienda (www. hacienda.gov.do).

Además de presentar la documentación requerida, el solicitante deberá realizar los pagos correspondientes a las tasas administrativas establecidas por concepto del otorgamiento de permisos de operación para bancas de lotería e inspección. La Dirección de Casinos y Juegos de Azar otorgará un permiso provisional de operación hasta que se concluya con el proceso de regularización.

El permiso definitivo de operación estará sujeto a que la banca de lotería esté interconectada al Sistema de Control y Monitoreo de bancas de loterías del Ministerio de Hacienda, al cumplimiento de los requisitos legales y al visto favorable de la inspección, en cuanto al cumplimiento de la ubicación del local.

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